Resumen del Artículo 193

Artículo 193 del Código de Comercio (CCom) — Art. 193. Corresponderán principalmente a la índole de estas compañías las operaciones siguientes: 1.ª El depósito, conservación y custodia de los frutos y mercaderías que se les encomienden. 2.ª La emisión de sus resguardos nominativos o al portador.

CComVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 193Art 193

Art. 193.

Corresponderán principalmente a la índole de estas compañías las operaciones siguientes:

1.ª El depósito, conservación y custodia de los frutos y mercaderías que se les encomienden.

2.ª La emisión de sus resguardos nominativos o al portador.

Norma publicada: 22 de agosto de 1885

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 193

¿Qué dice el Artículo 193 del CCom?

Art. 193. Corresponderán principalmente a la índole de estas compañías las operaciones siguientes: 1.ª El depósito, conservación y custodia de los frutos y mercaderías que se les encomienden. 2.ª La…

¿El Artículo 193 del CCom está vigente?

El artículo 193 del CCom está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 193 dentro del CCom?

Se encuentra en la estructura: LIBRO II › Sección décima.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 193?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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