Resumen del Artículo quinto

Artículo quinto del Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) — Nadie puede ser obligado o coaccionado bajo ningún pretexto en el ejercicio de su derecho de sufragio, ni a revelar su voto.

LOREGVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo quinto

Nadie puede ser obligado o coaccionado bajo ningún pretexto en el ejercicio de su derecho de sufragio, ni a revelar su voto.

Norma publicada: 19 de junio de 1985

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo quinto

¿Qué dice el Artículo quinto del LOREG?

Nadie puede ser obligado o coaccionado bajo ningún pretexto en el ejercicio de su derecho de sufragio, ni a revelar su voto.

¿El Artículo quinto del LOREG está vigente?

El artículo quinto del LOREG está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo quinto dentro del LOREG?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO PRIMERO.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo quinto?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.