Artículo 43
1. Los Servicios Sociales especializados dependientes de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra tendrán como ámbito de actuación todo el territorio de la Comunidad Foral de Navarra.
2. Los Servicios Sociales especializados dependientes de una entidad local tendrán como ámbito de actuación el de su propio término territorial.
Norma publicada: 14 de diciembre de 2006