Resumen del Artículo 706

Artículo 706 del Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim)Hallándose presente el testigo mayor de catorce años ante el Tribunal, el Presidente le recibirá juramento en la forma establecida en el artículo 434.

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 706

¿Qué dice el Artículo 706 del LECrim?

Hallándose presente el testigo mayor de catorce años ante el Tribunal, el Presidente le recibirá juramento en la forma establecida en el artículo 434.

¿El Artículo 706 del LECrim está vigente?

El artículo 706 del LECrim está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 706 dentro del LECrim?

Se encuentra en la estructura: LIBRO III › CAPÍTULO III › Sección 2.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 706?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.