Resumen del Artículo 740

Artículo 740 del Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) — Causas de oposición. Ofrecimiento de caución sustitutoria. El que formule oposición a la medida cautelar podrá esgrimir como causas de aquélla cuantos hechos y razones se opongan a la procedencia, requisitos, alcance, tipo y demás circunstancias de la medida o medidas…

LECVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 740

El que formule oposición a la medida cautelar podrá esgrimir como causas de aquélla cuantos hechos y razones se opongan a la procedencia, requisitos, alcance, tipo y demás circunstancias de la medida o medidas efectivamente acordadas, sin limitación alguna.

También podrá ofrecer caución sustitutoria, con arreglo a lo dispuesto en el capítulo V de este título.

Norma publicada: 7 de enero de 2000

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 740

¿Qué dice el Artículo 740 del LEC?

Causas de oposición. Ofrecimiento de caución sustitutoria. El que formule oposición a la medida cautelar podrá esgrimir como causas de aquélla cuantos hechos y razones se opongan a la procedencia,…

¿El Artículo 740 del LEC está vigente?

El artículo 740 del LEC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 740 dentro del LEC?

Se encuentra en la estructura: LIBRO III › CAPÍTULO III.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 740?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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