Resumen del Artículo 38

Artículo 38 del Ley de Derecho Civil de Galicia (LDCG) — La filiación adoptiva produce los mismos efectos que la filiación por naturaleza.

LDCGVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 38

La filiación adoptiva produce los mismos efectos que la filiación por naturaleza.

Norma publicada: 14 de junio de 2006

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 38

¿Qué dice el Artículo 38 del LDCG?

La filiación adoptiva produce los mismos efectos que la filiación por naturaleza.

¿El Artículo 38 del LDCG está vigente?

El artículo 38 del LDCG está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 38 dentro del LDCG?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO III.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 38?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.