Resumen del Artículo 11

Artículo 11 del Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán. (codigo) — Art. 11. Contenido de la declaración. 1. La declaración de un bien cultural de interés nacional incluirá las siguientes especificaciones: a) Una descripción clara y precisa del bien o los bienes, que permita su identificación, con sus pertenencias y accesorios, si los hubiera, y…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 11Art 11

Art. 11. Contenido de la declaración.

1. La declaración de un bien cultural de interés nacional incluirá las siguientes especificaciones:

a) Una descripción clara y precisa del bien o los bienes, que permita su identificación, con sus pertenencias y accesorios, si los hubiera, y que determine, en el caso de que se tratara de bienes inmuebles, si la declaración incluye el subsuelo y, si procede, los bienes muebles vinculados al inmueble, los cuales también tendrán la consideración de bienes culturales de interés nacional.

b) En el caso de los bienes inmuebles, la clase que les ha sido asignado, de acuerdo con el artículo 7.º, y, si procede, la delimitación del entorno necesario para la protección adecuada del bien. El entorno, que puede incluir el subsuelo, está constituido por el espacio, ya sea edificado o no, que da apoyo ambiental al bien y cuya alteración puede afectar a los valores, a la contemplación o al estudio del mismo.

2. La declaración de un bien cultural de interés nacional establecerá, en caso de que el uso al que se destine el bien sea incompatible con su preservación, la paralización o la modificación de ese uso, en cuyo caso se fijará la indemnización correspondiente.

3. La declaración de un bien cultural de interés nacional puede incluir la determinación de los criterios básicos que, con carácter específico, regirán las intervenciones sobre dicho bien.

Norma publicada: 30 de septiembre de 1993

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 11

¿Qué dice el Artículo 11 del codigo?

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Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 11?

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