Resumen del Artículo 4

Artículo 4 del Ley 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública. (codigo) — El personal al servicio de la Administración de la Diputación Regional de Cantabria lo integran: A) Funcionarios de carrera. B) Interino. C) Personal laboral. D) Personal eventual.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 4

El personal al servicio de la Administración de la Diputación Regional de Cantabria lo integran:

A) Funcionarios de carrera.

B) Interino.

C) Personal laboral.

D) Personal eventual.

Norma publicada: 10 de marzo de 1993

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 4

¿Qué dice el Artículo 4 del codigo?

El personal al servicio de la Administración de la Diputación Regional de Cantabria lo integran: A) Funcionarios de carrera. B) Interino. C) Personal laboral. D) Personal eventual.

¿El Artículo 4 del codigo está vigente?

El artículo 4 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 4 dentro del codigo?

Forma parte del articulado del Ley 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública..

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 4?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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