Resumen del Artículo 3

Artículo 3 del Ley 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública. (codigo) — Todo el personal de esta Administración dependerá orgánicamente del Consejero de Presidencia, sin perjuicio de la dependencia funcional de cada Consejería, exceptuándose el personal eventual que orgánica y funcionalmente dependerá de la autoridad que lo haya nombrado.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 3

Todo el personal de esta Administración dependerá orgánicamente del Consejero de Presidencia, sin perjuicio de la dependencia funcional de cada Consejería, exceptuándose el personal eventual que orgánica y funcionalmente dependerá de la autoridad que lo haya nombrado.

Norma publicada: 10 de marzo de 1993

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 3

¿Qué dice el Artículo 3 del codigo?

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¿El Artículo 3 del codigo está vigente?

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¿Dónde se ubica el Artículo 3 dentro del codigo?

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 3?

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