Resumen del Artículo 25

Artículo 25 del Ley 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública. (codigo) — Los Cuerpos de funcionarios de la Administración de la Diputación Regional de Cantabria pueden ser de Administración General y de Administración Especial: a) Son funciones a desarrollar por los Cuerpos de Administración General las de carácter administrativo genérico ya sean de…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 25

Los Cuerpos de funcionarios de la Administración de la Diputación Regional de Cantabria pueden ser de Administración General y de Administración Especial:

a) Son funciones a desarrollar por los Cuerpos de Administración General las de carácter administrativo genérico ya sean de asesoramiento, gestión, control, ejecución y actuación administrativa, así como funciones de auxilio, también de carácter administrativo.

b) Son funciones a desarrollar por los Cuerpos de Administración Especial las que sean objeto de una profesión, arte u oficio determinado a titulación específica.

Norma publicada: 10 de marzo de 1993

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 25

¿Qué dice el Artículo 25 del codigo?

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 25?

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