Resumen del Artículo 19

Artículo 19 del Ley 3/1983, de 15 de junio, de normalización lingüística. (codigo) — El Gobierno Gallego prestará apoyo económico y material a los medios de comunicación no incluidos en el artículo anterior que empleen el gallego de una forma habitual y progresiva.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 19

El Gobierno Gallego prestará apoyo económico y material a los medios de comunicación no incluidos en el artículo anterior que empleen el gallego de una forma habitual y progresiva.

Norma publicada: 15 de junio de 1983

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 19

¿Qué dice el Artículo 19 del codigo?

El Gobierno Gallego prestará apoyo económico y material a los medios de comunicación no incluidos en el artículo anterior que empleen el gallego de una forma habitual y progresiva.

¿El Artículo 19 del codigo está vigente?

El artículo 19 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 19 dentro del codigo?

Forma parte del articulado del Ley 3/1983, de 15 de junio, de normalización lingüística..

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 19?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.