Resumen del Artículo 21

Artículo 21 del Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias. (codigo) — Régimen jurídico. 1. En el ejercicio de potestades administrativas, el Instituto se sujeta a la legislación de procedimiento administrativo común. 2. En materia de contratación de bienes y servicios, el Instituto queda sujeto a la legislación de contratos de las administraciones…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 21

1. En el ejercicio de potestades administrativas, el Instituto se sujeta a la legislación de procedimiento administrativo común.

2. En materia de contratación de bienes y servicios, el Instituto queda sujeto a la legislación de contratos de las administraciones públicas en los mismos términos que las entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de las administraciones públicas territoriales.

3. El Instituto se regirá por normas jurídico-administrativas en las relaciones con los promotores, constructores, adquirentes, arrendatarios o usuarios de viviendas, cuando traigan causa del ejercicio de sus competencias.

4. Corresponde al Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias la asistencia jurídica del Instituto y su representación y defensa en juicio.

5. La relación del Instituto Canario de la Vivienda con el Gobierno de Canarias se canalizará a través de la Consejería de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias competente en materia de vivienda.

Norma publicada: 30 de enero de 2003

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo 21

¿Qué dice el Artículo 21 del codigo?

Régimen jurídico. 1. En el ejercicio de potestades administrativas, el Instituto se sujeta a la legislación de procedimiento administrativo común. 2. En materia de contratación de bienes y servicios,…

¿El Artículo 21 del codigo está vigente?

El artículo 21 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 21 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO IV.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 21?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.