Resumen del Artículo 503

Artículo 503 del Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra (Fuero Nuevo) (FNNav) — Ley 503. Acción. La acción rescisoria por lesión es personal y transmisible a los herederos. No tendrá lugar cuando sean procedentes las acciones de saneamiento por vicios o defectos de la cosa, o la de nulidad del contrato. La acción rescisoria por lesión prescribirá en los…

FNNavVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 503Ley 503

Ley 503.

Acción. La acción rescisoria por lesión es personal y transmisible a los herederos. No tendrá lugar cuando sean procedentes las acciones de saneamiento por vicios o defectos de la cosa, o la de nulidad del contrato.

La acción rescisoria por lesión prescribirá en los plazos establecidos en la ley 30.

Norma publicada: 1 de marzo de 1973

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 503

¿Qué dice el Artículo 503 del FNNav?

Ley 503. Acción. La acción rescisoria por lesión es personal y transmisible a los herederos. No tendrá lugar cuando sean procedentes las acciones de saneamiento por vicios o defectos de la cosa, o la…

¿El Artículo 503 del FNNav está vigente?

El artículo 503 del FNNav está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 503 dentro del FNNav?

Se encuentra en la estructura: LIBRO IV › CAPÍTULO V.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 503?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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