Artículo 241Ley 241
Ley 241.
Concepto. Son mandas o legados aquellas liberalidades mortis causa a título singular que no atribuyen la cualidad de heredero, y que se imponen a cualquier persona que a título lucrativo reciba bienes del disponente, por voluntad del mismo o de la Ley.
Norma publicada: 1 de marzo de 1973