Resumen del Artículo 213

Artículo 213 del Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra (Fuero Nuevo) (FNNav) — Ley 213. Conversión de testamentos y memorias. La invalidez del testamento implica la de las memorias testamentarias que en él se basen. No obstante la invalidez del testamento, las memorias testamentarias otorgadas en relación con él valdrán como testamentos ológrafos si reúnen…

FNNavVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 213Ley 213

Ley 213.

Conversión de testamentos y memorias. La invalidez del testamento implica la de las memorias testamentarias que en él se basen. No obstante la invalidez del testamento, las memorias testamentarias otorgadas en relación con él valdrán como testamentos ológrafos si reúnen los requisitos exigidos para estos.

Norma publicada: 1 de marzo de 1973

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo 213

¿Qué dice el Artículo 213 del FNNav?

Ley 213. Conversión de testamentos y memorias. La invalidez del testamento implica la de las memorias testamentarias que en él se basen. No obstante la invalidez del testamento, las memorias…

¿El Artículo 213 del FNNav está vigente?

El artículo 213 del FNNav está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 213 dentro del FNNav?

Se encuentra en la estructura: LIBRO II.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 213?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.