Resumen del Artículo 17

Artículo 17 del Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra (Fuero Nuevo) (FNNav) — Ley 17. Perfección formal. La declaración de voluntad expresada en cualquier forma es válida y legítima para el ejercicio de los derechos que de la misma se deriven. No obstante, los actos o contratos para los que la ley no exija una forma determinada pero esta se hubiere…

FNNavVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 17Ley 17

Ley 17.

Perfección formal. La declaración de voluntad expresada en cualquier forma es válida y legítima para el ejercicio de los derechos que de la misma se deriven.

No obstante, los actos o contratos para los que la ley no exija una forma determinada pero esta se hubiere convenido expresamente no se considerarán perfeccionados sin el cumplimiento de dicha forma. Cuando se trate de un acto que usualmente revista una forma determinada, se presumirá que las partes han querido supeditar la perfección del acto al cumplimiento de la misma.

En los casos en que la ley civil navarra exija cierta forma se considerará de solemnidad.

Norma publicada: 1 de marzo de 1973

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 17

¿Qué dice el Artículo 17 del FNNav?

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¿El Artículo 17 del FNNav está vigente?

El artículo 17 del FNNav está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 17 dentro del FNNav?

Se encuentra en la estructura: LIBRO PRELIMINAR.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 17?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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