Resumen del Artículo 167

Artículo 167 del Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra (Fuero Nuevo) (FNNav) — Ley 167. Forma. Las donaciones “mortis causa” deben otorgarse en escritura pública. Únicamente será precisa la asistencia de testigos en los supuestos previstos en la ley 185.

FNNavVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 167Ley 167

Ley 167.

Forma. Las donaciones “mortis causa” deben otorgarse en escritura pública. Únicamente será precisa la asistencia de testigos en los supuestos previstos en la ley 185.

Norma publicada: 1 de marzo de 1973

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 167

¿Qué dice el Artículo 167 del FNNav?

Ley 167. Forma. Las donaciones “mortis causa” deben otorgarse en escritura pública. Únicamente será precisa la asistencia de testigos en los supuestos previstos en la ley 185.

¿El Artículo 167 del FNNav está vigente?

El artículo 167 del FNNav está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 167 dentro del FNNav?

Se encuentra en la estructura: LIBRO II.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 167?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.