Resumen del Artículo 943

Artículo 943 del Código de Comercio (CCom) — Art. 943. Las acciones que en virtud de este Código no tengan un plazo determinado para deducirse en juicio se regirán por las disposiciones del derecho común.

CComVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 943Art 943

Art. 943.

Las acciones que en virtud de este Código no tengan un plazo determinado para deducirse en juicio se regirán por las disposiciones del derecho común.

Norma publicada: 22 de agosto de 1885

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 943

¿Qué dice el Artículo 943 del CCom?

Art. 943. Las acciones que en virtud de este Código no tengan un plazo determinado para deducirse en juicio se regirán por las disposiciones del derecho común.

¿El Artículo 943 del CCom está vigente?

El artículo 943 del CCom está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 943 dentro del CCom?

Se encuentra en la estructura: LIBRO IV.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 943?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.