Resumen del Artículo 567

Artículo 567 del Código de Comercio (CCom) — Art. 567. Son cartas-órdenes de crédito las expedidas de comerciante a comerciante o para atender a una operación mercantil.

CComVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 567Art 567

Art. 567.

Son cartas-órdenes de crédito las expedidas de comerciante a comerciante o para atender a una operación mercantil.

Norma publicada: 22 de agosto de 1885

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 567

¿Qué dice el Artículo 567 del CCom?

Art. 567. Son cartas-órdenes de crédito las expedidas de comerciante a comerciante o para atender a una operación mercantil.

¿El Artículo 567 del CCom está vigente?

El artículo 567 del CCom está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 567 dentro del CCom?

Se encuentra en la estructura: LIBRO II.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 567?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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