Artículo 1537Art 1537
Todo lo dispuesto en este título se entiende con sujeción a lo que respecto de bienes inmuebles se determina en la Ley Hipotecaria.
Norma publicada: 24 de julio de 1889
Resumen del Artículo 1537
Artículo 1537 del Código Civil (CC) — Todo lo dispuesto en este título se entiende con sujeción a lo que respecto de bienes inmuebles se determina en la Ley Hipotecaria.
Todo lo dispuesto en este título se entiende con sujeción a lo que respecto de bienes inmuebles se determina en la Ley Hipotecaria.
Norma publicada: 24 de julio de 1889
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Todo lo dispuesto en este título se entiende con sujeción a lo que respecto de bienes inmuebles se determina en la Ley Hipotecaria.
El artículo 1537 del CC está vigente.
Se encuentra en la estructura: LIBRO IV › CAPÍTULO VIII.
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