Resumen del Artículo 67

Artículo 67 del Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (LOVG) — De la medida de suspensión del derecho a la tenencia, porte y uso de armas. El Juez podrá acordar, respecto de los inculpados en delitos relacionados con la violencia a que se refiere esta Ley, la suspensión del derecho a la tenencia, porte y uso de armas, con la obligación de…

LOVGVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 67

El Juez podrá acordar, respecto de los inculpados en delitos relacionados con la violencia a que se refiere esta Ley, la suspensión del derecho a la tenencia, porte y uso de armas, con la obligación de depositarlas en los términos establecidos por la normativa vigente.

Norma publicada: 28 de diciembre de 2004

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 67

¿Qué dice el Artículo 67 del LOVG?

De la medida de suspensión del derecho a la tenencia, porte y uso de armas. El Juez podrá acordar, respecto de los inculpados en delitos relacionados con la violencia a que se refiere esta Ley, la…

¿El Artículo 67 del LOVG está vigente?

El artículo 67 del LOVG está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 67 dentro del LOVG?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO IV.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 67?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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