Resumen del Artículo 62

Artículo 62 del Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (LOVG) — De la orden de protección. Recibida la solicitud de adopción de una orden de protección, el Juez de Violencia sobre la Mujer y, en su caso, el Juez de Guardia, actuarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 544 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 62

¿Qué dice el Artículo 62 del LOVG?

De la orden de protección. Recibida la solicitud de adopción de una orden de protección, el Juez de Violencia sobre la Mujer y, en su caso, el Juez de Guardia, actuarán de conformidad con lo…

¿El Artículo 62 del LOVG está vigente?

El artículo 62 del LOVG está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 62 dentro del LOVG?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO IV.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 62?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.