Resumen del Artículo 44

Artículo 44 del Ley de Sucesión Voluntaria Paccionada de las Illes Balears (LSPBal) — Ejercicio del procedimiento de revocación. En el ejercicio del proceso de revocación son aplicables los artículos 31, 32 y 33 de esta ley.

LSPBalVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 44

En el ejercicio del proceso de revocación son aplicables los artículos 31, 32 y 33 de esta ley.

Norma publicada: 11 de noviembre de 2022

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 44

¿Qué dice el Artículo 44 del LSPBal?

Ejercicio del procedimiento de revocación. En el ejercicio del proceso de revocación son aplicables los artículos 31, 32 y 33 de esta ley.

¿El Artículo 44 del LSPBal está vigente?

El artículo 44 del LSPBal está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 44 dentro del LSPBal?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO III › Sección 1.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 44?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.