Resumen del Artículo 524 bis

Artículo 524 bis del Ley de Sociedades de Capital (LSC) — bis. Disposiciones comunes a la transmisión de información y el ejercicio del voto. 1. Cuando existan varias entidades intermediarias custodiando las acciones de un mismo beneficiario último, estas se trasmitirán entre sí sin demora la información o confirmación mencionadas en…

LSCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 524 bis

1. Cuando existan varias entidades intermediarias custodiando las acciones de un mismo beneficiario último, estas se trasmitirán entre sí sin demora la información o confirmación mencionadas en los artículos 520 bis, 520 ter, 522 bis, 524 y 527 bis hasta llegar a dicho beneficiario último o a la sociedad, salvo que la información o confirmación pueda ser transmitida directamente por una de las entidades intermediarias a estos.

2. Será de aplicación a la información transmitida con arreglo a los artículos 520 bis y 520 ter el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1212 de la Comisión de 3 de septiembre de 2018.

3. Reglamentariamente se podrán concretar otros aspectos técnicos y formales necesarios para garantizar la aplicabilidad de lo dispuesto en los artículos 520 bis, 520 ter, 522 bis, 524 y 527 bis.

Norma publicada: 2 de julio de 2010

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 524 bis

¿Qué dice el Artículo 524 bis del LSC?

bis. Disposiciones comunes a la transmisión de información y el ejercicio del voto. 1. Cuando existan varias entidades intermediarias custodiando las acciones de un mismo beneficiario último, estas…

¿El Artículo 524 bis del LSC está vigente?

El artículo 524 bis del LSC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 524 bis dentro del LSC?

Se encuentra en la estructura: Capítulo IX › Subsección 1ª.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 524 bis?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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