Resumen del Artículo 3

Artículo 3 del Ley de Sociedades de Capital (LSC) — Régimen legal. 1. Las sociedades de capital, en cuanto no se rijan por disposición legal que les sea específicamente aplicable, quedarán sometidas a los preceptos de esta ley. 2. Las sociedades comanditarias por acciones se regirán por las normas específicamente aplicables a…

LSCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 3

1. Las sociedades de capital, en cuanto no se rijan por disposición legal que les sea específicamente aplicable, quedarán sometidas a los preceptos de esta ley.

2. Las sociedades comanditarias por acciones se regirán por las normas específicamente aplicables a este tipo social y, en lo que no esté en ellas previsto, por lo establecido en esta ley para las sociedades anónimas.

Norma publicada: 2 de julio de 2010

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 3

¿Qué dice el Artículo 3 del LSC?

Régimen legal. 1. Las sociedades de capital, en cuanto no se rijan por disposición legal que les sea específicamente aplicable, quedarán sometidas a los preceptos de esta ley. 2. Las sociedades…

¿El Artículo 3 del LSC está vigente?

El artículo 3 del LSC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 3 dentro del LSC?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 3?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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