Resumen del Artículo 78

Artículo 78 del Ley de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP) — La Comisión interministerial de coordinación de la Administración periférica del Estado. 1. La Comisión interministerial de coordinación de la Administración periférica del Estado es un órgano colegiado, adscrito al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. 2. La…

LRJSPVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 78

1. La Comisión interministerial de coordinación de la Administración periférica del Estado es un órgano colegiado, adscrito al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

2. La Comisión interministerial de coordinación de la Administración periférica del Estado se encargará de coordinar la actuación de la Administración periférica del Estado con los distintos Departamentos ministeriales.

3. Mediante Real Decreto se regularán sus atribuciones, composición y funcionamiento.

Norma publicada: 1 de octubre de 2015

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 78

¿Qué dice el Artículo 78 del LRJSP?

La Comisión interministerial de coordinación de la Administración periférica del Estado. 1. La Comisión interministerial de coordinación de la Administración periférica del Estado es un órgano…

¿El Artículo 78 del LRJSP está vigente?

El artículo 78 del LRJSP está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 78 dentro del LRJSP?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO III › Sección 5.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 78?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.