Resumen del Artículo 48

Artículo 48 del Ley de Régimen Económico Matrimonial Valenciano (LREMV) — Los gastos realizados y las obligaciones contraídas en el ejercicio de la potestad doméstica ordinaria.

LREMVVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 48

Norma publicada: 20 de marzo de 2007

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 48

¿Qué dice el Artículo 48 del LREMV?

Los gastos realizados y las obligaciones contraídas en el ejercicio de la potestad doméstica ordinaria.

¿El Artículo 48 del LREMV está vigente?

El artículo 48 del LREMV está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 48 dentro del LREMV?

Forma parte del articulado del Ley de Régimen Económico Matrimonial Valenciano.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 48?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.