Resumen del Artículo 270

Artículo 270 del Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) — Insuficiencia de bienes en ejecuciones acumuladas. De estar acumuladas las ejecuciones seguidas contra un mismo deudor y ser insuficientes los bienes embargados para satisfacer la totalidad de los créditos laborales, se aplicarán soluciones de proporcionalidad, con respeto, en…

LRJSVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 270

De estar acumuladas las ejecuciones seguidas contra un mismo deudor y ser insuficientes los bienes embargados para satisfacer la totalidad de los créditos laborales, se aplicarán soluciones de proporcionalidad, con respeto, en todo caso, a las preferencias de crédito establecidas en las leyes.

Norma publicada: 10 de octubre de 2011

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 270

¿Qué dice el Artículo 270 del LRJS?

Insuficiencia de bienes en ejecuciones acumuladas. De estar acumuladas las ejecuciones seguidas contra un mismo deudor y ser insuficientes los bienes embargados para satisfacer la totalidad de los…

¿El Artículo 270 del LRJS está vigente?

El artículo 270 del LRJS está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 270 dentro del LRJS?

Se encuentra en la estructura: LIBRO CUARTO › CAPÍTULO II › Sección 4.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 270?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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