Resumen del Artículo 77

Artículo 77 del Ley Hipotecaria (LH) — Las anotaciones preventivas se extinguen por cancelación, por caducidad o por su conversión en inscripción.

LHVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 77

Las anotaciones preventivas se extinguen por cancelación, por caducidad o por su conversión en inscripción.

Norma publicada: 8 de febrero de 1946

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 77

¿Qué dice el Artículo 77 del LH?

Las anotaciones preventivas se extinguen por cancelación, por caducidad o por su conversión en inscripción.

¿El Artículo 77 del LH está vigente?

El artículo 77 del LH está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 77 dentro del LH?

Se encuentra en la estructura: LEY HIPOTECARIA.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 77?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.