Resumen del Artículo 30

Artículo 30 del Ley Foral 14/2005, de 22 de noviembre, del Patrimonio Cultural de Navarra. (codigo) — Medidas cautelares previas de protección. La Administración de la Comunidad Foral podrá impedir el derribo y suspender cualquier clase de obra o intervención, adoptando las medidas cautelares que sean necesarias para salvaguardar la integridad de un bien o que sean convenientes…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 30

La Administración de la Comunidad Foral podrá impedir el derribo y suspender cualquier clase de obra o intervención, adoptando las medidas cautelares que sean necesarias para salvaguardar la integridad de un bien o que sean convenientes en orden a su posterior inserción dentro de las categorías de bienes de especial protección del Patrimonio Cultural de Navarra. La duración de las medidas cautelares de protección no podrá ser superior a dos meses, dentro de los cuales deberá incoarse, en su caso, el procedimiento de declaración correspondiente.

Norma publicada: 22 de noviembre de 2005

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo 30

¿Qué dice el Artículo 30 del codigo?

Medidas cautelares previas de protección. La Administración de la Comunidad Foral podrá impedir el derribo y suspender cualquier clase de obra o intervención, adoptando las medidas cautelares que…

¿El Artículo 30 del codigo está vigente?

El artículo 30 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 30 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II › Sección 1.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 30?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.