Resumen del Artículo 63

Artículo 63 del Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud. (codigo) — 1. El régimen jurídico de los actos del Servicio Navarro de Salud será el establecido en el capítulo II del título IV de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. 2. Los actos administrativos, referentes a…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 63

1. El régimen jurídico de los actos del Servicio Navarro de Salud será el establecido en el capítulo II del título IV de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

2. Los actos administrativos, referentes a personal, contrataciones y presupuestos, se regirán por la normativa especifica de la Administración Foral.

Norma publicada: 23 de noviembre de 1990

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 63

¿Qué dice el Artículo 63 del codigo?

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 63?

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