Resumen del Artículo 47

Artículo 47 del Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud. (codigo)El Servicio Navarro de Salud se estructura en los siguientes órganos centrales: 1. De dirección: El Consejo de Gobierno. 2. De gestión: a) El Director Gerente. b) Las Direcciones que se establezcan reglamentariamente. 3. De participación: El Consejo Navarro de Salud, sin…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 47

El Servicio Navarro de Salud se estructura en los siguientes órganos centrales:

1. De dirección: El Consejo de Gobierno.

2. De gestión:

a) El Director Gerente.

b) Las Direcciones que se establezcan reglamentariamente.

3. De participación:

El Consejo Navarro de Salud, sin perjuicio de las funciones encomendadas en el artículo 43.

Norma publicada: 23 de noviembre de 1990

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 47

¿Qué dice el Artículo 47 del codigo?

El Servicio Navarro de Salud se estructura en los siguientes órganos centrales: 1. De dirección: El Consejo de Gobierno. 2. De gestión: a) El Director Gerente. b) Las Direcciones que se establezcan…

¿El Artículo 47 del codigo está vigente?

El artículo 47 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 47 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 47?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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