Resumen del Artículo 417

Artículo 417 del Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) — Orden de examen de las cuestiones procesales y resolución sobre ellas. 1. Cuando la audiencia verse sobre varias circunstancias de las referidas en el artículo anterior, se examinarán y resolverán por el orden en que aparecen en los artículos siguientes. 2. Cuando sea objeto de…

LECVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 417

1. Cuando la audiencia verse sobre varias circunstancias de las referidas en el artículo anterior, se examinarán y resolverán por el orden en que aparecen en los artículos siguientes.

2. Cuando sea objeto de la audiencia más de una de las cuestiones y circunstancias del artículo anterior, el tribunal, dentro de los cinco días siguientes a la audiencia, se pronunciará en un mismo auto sobre todas las suscitadas que, conforme a los artículos siguientes, no resuelva oralmente en la misma audiencia.

Norma publicada: 7 de enero de 2000

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 417

¿Qué dice el Artículo 417 del LEC?

Orden de examen de las cuestiones procesales y resolución sobre ellas. 1. Cuando la audiencia verse sobre varias circunstancias de las referidas en el artículo anterior, se examinarán y resolverán…

¿El Artículo 417 del LEC está vigente?

El artículo 417 del LEC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 417 dentro del LEC?

Se encuentra en la estructura: LIBRO II › CAPÍTULO II.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 417?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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