Artículo 325
Los documentos privados se presentarán del modo establecido en el artículo 268 de esta Ley.
Norma publicada: 7 de enero de 2000
Resumen del Artículo 325
Artículo 325 del Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) — Modo de producción de la prueba. Los documentos privados se presentarán del modo establecido en el artículo 268 de esta Ley.
Los documentos privados se presentarán del modo establecido en el artículo 268 de esta Ley.
Norma publicada: 7 de enero de 2000
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Modo de producción de la prueba. Los documentos privados se presentarán del modo establecido en el artículo 268 de esta Ley.
El artículo 325 del LEC está vigente.
Se encuentra en la estructura: LIBRO II › CAPÍTULO VI › SECCIÓN 3.
El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.
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