Resumen del Artículo 88

Artículo 88 del Ley de Derecho Civil Vasco (LDCV) — Ámbito territorial. 1. El Derecho civil propio del valle de Ayala rige en los términos municipales de Ayala, Amurrio y Okondo, y en los poblados de Mendieta, Retes de Tudela, Santacoloma y Sojoguti del municipio de Artziniega. 2. Las posteriores modificaciones administrativas en…

LDCVVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 88

1. El Derecho civil propio del valle de Ayala rige en los términos municipales de Ayala, Amurrio y Okondo, y en los poblados de Mendieta, Retes de Tudela, Santacoloma y Sojoguti del municipio de Artziniega.

2. Las posteriores modificaciones administrativas en los términos municipales enumerados no alterarán el Derecho civil aplicable.

Norma publicada: 25 de junio de 2015

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 88

¿Qué dice el Artículo 88 del LDCV?

Ámbito territorial. 1. El Derecho civil propio del valle de Ayala rige en los términos municipales de Ayala, Amurrio y Okondo, y en los poblados de Mendieta, Retes de Tudela, Santacoloma y Sojoguti…

¿El Artículo 88 del LDCV está vigente?

El artículo 88 del LDCV está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 88 dentro del LDCV?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II › Sección cuarta.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 88?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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