Resumen del Artículo 13

Artículo 13 del Ley de Derecho Civil Vasco (LDCV) — El arrendamiento rústico. El contrato de arrendamiento rústico posee en la tradición vasca características especiales en cuanto a la estabilidad del arriendo, la transmisión del derecho del arrendatario y otros aspectos que, al margen de las disposiciones de esta ley, justifican…

LDCVVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 13

El contrato de arrendamiento rústico posee en la tradición vasca características especiales en cuanto a la estabilidad del arriendo, la transmisión del derecho del arrendatario y otros aspectos que, al margen de las disposiciones de esta ley, justifican que sea regulado en una ley especial.

Norma publicada: 25 de junio de 2015

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 13

¿Qué dice el Artículo 13 del LDCV?

El arrendamiento rústico. El contrato de arrendamiento rústico posee en la tradición vasca características especiales en cuanto a la estabilidad del arriendo, la transmisión del derecho del…

¿El Artículo 13 del LDCV está vigente?

El artículo 13 del LDCV está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 13 dentro del LDCV?

Forma parte del articulado del Ley de Derecho Civil Vasco.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 13?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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