Artículo Disposición transitoria terceraDisposición transitoria tercera
Disposición transitoria tercera.
Los demás problemas de derecho intertemporal que se planteen a causa de la entrada en vigor de la presente ley se resolverán de conformidad con los principios que informan las disposiciones transitorias del Código Civil.
Norma publicada: 14 de junio de 2006