Resumen del Artículo 263

Artículo 263 del Ley de Derecho Civil de Galicia (LDCG) — Son justas causas para desheredar a cualquier legitimario: 1.ª Haberle negado alimentos a la persona testadora. 2.ª Haberla maltratado de obra o injuriado gravemente. 3.ª El incumplimiento grave o reiterado de los deberes conyugales. 4.ª Las causas de indignidad expresadas en el…

LDCGVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 263

Son justas causas para desheredar a cualquier legitimario:

1.ª Haberle negado alimentos a la persona testadora.

2.ª Haberla maltratado de obra o injuriado gravemente.

3.ª El incumplimiento grave o reiterado de los deberes conyugales.

4.ª Las causas de indignidad expresadas en el artículo 756 del Código civil.

Norma publicada: 14 de junio de 2006

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 263

¿Qué dice el Artículo 263 del LDCG?

Son justas causas para desheredar a cualquier legitimario: 1.ª Haberle negado alimentos a la persona testadora. 2.ª Haberla maltratado de obra o injuriado gravemente. 3.ª El incumplimiento grave o…

¿El Artículo 263 del LDCG está vigente?

El artículo 263 del LDCG está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 263 dentro del LDCG?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO V › Sección 4.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 263?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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