Resumen del Artículo 286

Artículo 286 del Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) — Efectos, cumplimiento y extinción. Los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos de concesión de servicios se regularán por la presente Ley, excluidos los artículos 208 y 210. Tampoco resultarán de aplicación, salvo en la fase de construcción cuando comprenda la…

LCSPVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 286

Los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos de concesión de servicios se regularán por la presente Ley, excluidos los artículos 208 y 210. Tampoco resultarán de aplicación, salvo en la fase de construcción cuando comprenda la ejecución de obras, el apartado 2 del artículo 192, el artículo 193 y el artículo 195.

Norma publicada: 8 de noviembre de 2017

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 286

¿Qué dice el Artículo 286 del LCSP?

Efectos, cumplimiento y extinción. Los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos de concesión de servicios se regularán por la presente Ley, excluidos los artículos 208 y 210. Tampoco…

¿El Artículo 286 del LCSP está vigente?

El artículo 286 del LCSP está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 286 dentro del LCSP?

Se encuentra en la estructura: LIBRO SEGUNDO › CAPÍTULO III › Subsección 2.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 286?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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