Resumen del Artículo 385

Artículo 385 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC) — Plazo de oposición. La oposición a la aprobación judicial del convenio deberá presentarse en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la fecha de proclamación del resultado por el Letrado de la Administración de Justicia.

TRLCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 385

La oposición a la aprobación judicial del convenio deberá presentarse en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la fecha de proclamación del resultado por el Letrado de la Administración de Justicia.

Norma publicada: 5 de mayo de 2020

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 385

¿Qué dice el Artículo 385 del TRLC?

Plazo de oposición. La oposición a la aprobación judicial del convenio deberá presentarse en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la fecha de proclamación del resultado por el Letrado…

¿El Artículo 385 del TRLC está vigente?

El artículo 385 del TRLC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 385 dentro del TRLC?

Se encuentra en la estructura: LIBRO PRIMERO › CAPÍTULO V › Sección 2.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 385?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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