Resumen del Artículo 327

Artículo 327 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC) — Propuesta de convenio con conversión de créditos. En la propuesta de convenio de contenido alternativo se podrá incluir como una de las alternativas la conversión de los créditos en acciones, participaciones o cuotas o en obligaciones convertibles de la propia sociedad…

TRLCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 327

En la propuesta de convenio de contenido alternativo se podrá incluir como una de las alternativas la conversión de los créditos en acciones, participaciones o cuotas o en obligaciones convertibles de la propia sociedad concursada o de otra sociedad, o la conversión de los créditos en créditos participativos por período no superior a diez años, en créditos subordinados, en créditos con intereses capitalizables o en cualquier otro instrumento financiero con características, rango o vencimiento distintos de aquellos que tuvieran los créditos originarios.

Norma publicada: 5 de mayo de 2020

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 327

¿Qué dice el Artículo 327 del TRLC?

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¿El Artículo 327 del TRLC está vigente?

El artículo 327 del TRLC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 327 dentro del TRLC?

Se encuentra en la estructura: LIBRO PRIMERO › CAPÍTULO I › Subsección 3.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 327?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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