Resumen del Artículo 258

Artículo 258 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC) — Comunicación en concursos de deudores solidarios. 1. En caso de concursos de deudores solidarios, el acreedor o el interesado podrán comunicar la existencia de los créditos a la administración concursal de cada uno de los concursos. 2. El escrito presentado en cada concurso…

TRLCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 258

1. En caso de concursos de deudores solidarios, el acreedor o el interesado podrán comunicar la existencia de los créditos a la administración concursal de cada uno de los concursos.

2. El escrito presentado en cada concurso expresará si se ha efectuado o se va a efectuar la comunicación en los demás, acompañándose, en su caso, copia del escrito o de los escritos presentados y de los que se hubieren recibido.

Norma publicada: 5 de mayo de 2020

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 258

¿Qué dice el Artículo 258 del TRLC?

Comunicación en concursos de deudores solidarios. 1. En caso de concursos de deudores solidarios, el acreedor o el interesado podrán comunicar la existencia de los créditos a la administración…

¿El Artículo 258 del TRLC está vigente?

El artículo 258 del TRLC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 258 dentro del TRLC?

Se encuentra en la estructura: LIBRO PRIMERO › CAPÍTULO II › Sección 2.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 258?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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