Artículo primero
Navarra constituye una Comunidad Foral con régimen, autonomía e instituciones propias, indivisible integrada en la Nación española y solidaria con todos sus pueblos.
Norma publicada: 10 de agosto de 1982
Resumen del Artículo primero
Artículo primero del Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra (LORAFNA) — Navarra constituye una Comunidad Foral con régimen, autonomía e instituciones propias, indivisible integrada en la Nación española y solidaria con todos sus pueblos.
Navarra constituye una Comunidad Foral con régimen, autonomía e instituciones propias, indivisible integrada en la Nación española y solidaria con todos sus pueblos.
Norma publicada: 10 de agosto de 1982
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Navarra constituye una Comunidad Foral con régimen, autonomía e instituciones propias, indivisible integrada en la Nación española y solidaria con todos sus pueblos.
El artículo primero del LORAFNA está vigente.
Forma parte del articulado del Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra.
El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.
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