Resumen del Artículo 28

Artículo 28 del Ley 6/2015, de 24 de marzo, de la Vivienda de la Región de Murcia. (codigo) — Adquisición de derechos relacionados con las viviendas protegidas. En ningún caso podrán adquirirse por silencio administrativo derechos relacionados con las viviendas protegidas en contra de lo dispuesto en la presente ley y sus disposiciones de desarrollo.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 28

En ningún caso podrán adquirirse por silencio administrativo derechos relacionados con las viviendas protegidas en contra de lo dispuesto en la presente ley y sus disposiciones de desarrollo.

Norma publicada: 24 de marzo de 2015

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 28

¿Qué dice el Artículo 28 del codigo?

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¿El Artículo 28 del codigo está vigente?

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¿Dónde se ubica el Artículo 28 dentro del codigo?

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 28?

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