Artículo 75
La prestación de la asistencia sanitaria a cargo de los centros y servicios dependientes del Servicio de Salud se adecuará a las prescripciones de este capítulo.
Norma publicada: 4 de abril de 2003
Resumen del Artículo 75
Artículo 75 del Ley 5/2003, de 4 de abril, de Salud de las Illes Balears. (codigo) — Disposiciones generales. La prestación de la asistencia sanitaria a cargo de los centros y servicios dependientes del Servicio de Salud se adecuará a las prescripciones de este capítulo.
La prestación de la asistencia sanitaria a cargo de los centros y servicios dependientes del Servicio de Salud se adecuará a las prescripciones de este capítulo.
Norma publicada: 4 de abril de 2003
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Disposiciones generales. La prestación de la asistencia sanitaria a cargo de los centros y servicios dependientes del Servicio de Salud se adecuará a las prescripciones de este capítulo.
El artículo 75 del codigo está vigente.
Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO V.
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