Resumen del Artículo 304

Artículo 304 del Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias. (codigo) — Personas obligadas. Estarán obligados a realizar las obras comprendidas en una actuación sobre el medio urbano, según corresponda, los propietarios o titulares de derechos de uso otorgados por los mismos, las comunidades de propietarios o sus agrupaciones, las cooperativas de…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 304

Estarán obligados a realizar las obras comprendidas en una actuación sobre el medio urbano, según corresponda, los propietarios o titulares de derechos de uso otorgados por los mismos, las comunidades de propietarios o sus agrupaciones, las cooperativas de viviendas o las administraciones públicas.

Norma publicada: 13 de julio de 2017

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 304

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¿Dónde se ubica el Artículo 304 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I › Sección 1.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 304?

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