Resumen del Artículo 134

Artículo 134 del Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias. (codigo) — Instrumentos complementarios. 1. La ordenación urbanística se complementa con los siguientes instrumentos: a) Los estudios de detalle. b) Los catálogos. c) Las ordenanzas municipales de edificación y urbanización. 2. Igualmente, la ordenación podrá ser complementada y, en su…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 134

1. La ordenación urbanística se complementa con los siguientes instrumentos:

a) Los estudios de detalle.

b) Los catálogos.

c) Las ordenanzas municipales de edificación y urbanización.

2. Igualmente, la ordenación podrá ser complementada y, en su caso, completada por ordenanzas provisionales insulares y municipales en los supuestos establecidos por esta ley.

Norma publicada: 13 de julio de 2017

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 134

¿Qué dice el Artículo 134 del codigo?

Instrumentos complementarios. 1. La ordenación urbanística se complementa con los siguientes instrumentos: a) Los estudios de detalle. b) Los catálogos. c) Las ordenanzas municipales de edificación y…

¿El Artículo 134 del codigo está vigente?

El artículo 134 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 134 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO VI › Sección 1.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 134?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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