Resumen del Artículo 56

Artículo 56 del Ley 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública. (codigo) — La Administración de la Diputación Regional de Cantabria garantiza el libre ejercicio de los derechos de participación, negociación, sindicación, reunión y huelga en la forma establecida por la legislación estatal para las distintas clases de personal.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 56

La Administración de la Diputación Regional de Cantabria garantiza el libre ejercicio de los derechos de participación, negociación, sindicación, reunión y huelga en la forma establecida por la legislación estatal para las distintas clases de personal.

Norma publicada: 10 de marzo de 1993

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 56

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 56?

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