Resumen del Artículo 57

Artículo 57 del Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. (codigo) — Causas de pérdida de la condición de personal funcionario. La condición de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears se pierde por alguna de las siguientes causas: a) Renuncia de la persona interesada. b) Separación de servicio. c)…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 57

La condición de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears se pierde por alguna de las siguientes causas:

a) Renuncia de la persona interesada.

b) Separación de servicio.

c) Jubilación.

d) Pérdida de la nacionalidad que permitió el acceso al empleo público, salvo que simultáneamente se adquiera otra de las requeridas.

Norma publicada: 27 de marzo de 2007

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 57

¿Qué dice el Artículo 57 del codigo?

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¿Dónde se ubica el Artículo 57 dentro del codigo?

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 57?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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