Artículo 12
1. El gallego, como lengua propia de Galicia, es también lengua oficial en la enseñanza en todos los niveles educativos.
2. La Xunta de Galicia reglamentará la normalización del uso de las lenguas oficiales en la enseñanza, de acuerdo con las disposiciones de la presente Ley.
Norma publicada: 15 de junio de 1983